La licencia de paternidad en México es de cinco días laborables con goce de sueldo por el nacimiento de un hijo, y también por la adopción de un infante. Es un mínimo legal bastante corto en comparación internacional, y el patrón puede ampliarlo pero nunca reducirlo.
Comparación con la incapacidad por maternidad
| Concepto | Paternidad | Maternidad |
|---|---|---|
| Duración | 5 días laborables | 84 días naturales |
| Quién paga | El patrón | El IMSS |
| Porcentaje | 100% del salario | 100% del salario registrado |
| Requiere incapacidad médica | No | Sí, expedida por el IMSS |
Qué dice la ley
El derecho está en la Ley Federal del Trabajo, artículo 132 fracción XXVII Bis, que obliga al patrón a otorgar el permiso. Son cinco días laborables, no naturales, lo que significa que los fines de semana y días de descanso no se cuentan dentro del periodo.
El pago corre a cargo del patrón, no del IMSS. Esto lo distingue de la incapacidad por maternidad, que sí paga el instituto. Por eso no necesitas expedir ninguna incapacidad para ejercerlo.
- Cinco días laborables con goce de sueldo íntegro.
- Aplica por nacimiento y también por adopción.
- Lo paga el patrón, no el IMSS.
- No se descuenta de tus vacaciones ni de tus días económicos.
Cómo solicitarla
No hay un formato oficial único. Lo recomendable es avisar por escrito con anticipación y presentar el comprobante del nacimiento o la resolución de adopción en cuanto lo tengas.
- Avisa a tu jefe y a recursos humanos con anticipación, idealmente por escrito.
- Presenta el certificado de nacimiento o el acta correspondiente.
- Conserva copia de tu solicitud y del acuse de recibido.
- Los días deben tomarse alrededor del nacimiento, no acumularse para después.
Si te la niegan
Negar la licencia de paternidad es una violación a la ley y puede sancionarse. Si tu patrón se niega, documenta la solicitud por escrito y acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, que ofrece asesoría y representación gratuita.
Tampoco es válido condicionarla, descontarla de vacaciones ni tomar represalias por haberla solicitado. Si eso ocurre, la conducta puede constituir además discriminación laboral.
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Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de licencia de paternidad hay en México?
Cinco días laborables con goce de sueldo, tanto por nacimiento como por adopción. Al ser días laborables, los fines de semana y descansos no cuentan dentro del periodo. Algunas empresas ofrecen más como prestación superior, pero cinco es el piso legal.
¿La licencia de paternidad la paga el IMSS?
No, la paga el patrón. Por eso no necesitas tramitar ninguna incapacidad ante el IMSS para ejercerla; basta con avisar a la empresa y presentar el comprobante del nacimiento o la adopción.
¿Pueden descontarme esos días de mis vacaciones?
No. La licencia de paternidad es un derecho independiente y no puede descontarse de vacaciones, días económicos ni de ninguna otra prestación. Tampoco puede condicionarse ni dar lugar a represalias. Si eso ocurre, puedes acudir a la Profedet.
Fundamento: Ley Federal del Trabajo, artículo 132 fracción XXVII Bis. Esta guía es informativa y no sustituye asesoría legal para un caso concreto.
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